Bases de participación

“Esta vuelta al cole, ¡Roll’eat para toda la vida!”

La entidad mercantil Marcadiferencia, S.L. (“Marcadiferencia”), propietario de la marca registrada “Roll’eat” (“Roll’eat”) con CIF B-64193055 y con domicilio en c/ Sicilia 268, 08013, Barcelona, España, se propone realizar una acción consistente en la organización de una promoción que se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases de participación (las “Bases”).

PRIMERA. Finalidad

Marcadiferencia convoca la promoción “Esta vuelta al cole, ¡Roll’eat para toda la vida!” (la “Promoción”) con el objetivo principal de apoyar a los comercios que se han visto afectados por la pandemia del Covid-19.

A este fin, la nueva colección “Fruits” estará disponible única y exclusivamente en los puntos de venta físicos; a fin de incentivar la compra de dicha colección “Fruits” en los puntos de venta físicos, se ofrece un premio entre los consumidores que acrediten la compra de los mismos.

SEGUNDA. Duración

La Promoción comenzará el día 10 de agosto del 2021 y finalizará a las 23:59 horas del día 17 de octubre de 2021.

TERCERA.- Ámbito geográfico

La Promoción será de ámbito nacional.

CUARTA.- Ámbito personal

La Promoción va dirigida a aquellos consumidores finales, mayores de 14 años y residentes en España, que -durante el periodo de tiempo indicado en el apartado segundo anterior- hayan comprado productos de la nueva colección “Fruits” de Roll’eat (el “Participante” o, conjuntamente, los “Participantes”).

Quedan excluidos de esta Promoción los empleados de Marcadiferencia, así como las personas directamente vinculadas con la organización, protocolización y gestión de la Promoción y, en general, las personas jurídicas.

QUINTA.- Mecánica

Para poder participar, el Participante deberá comprar mínimo 1 producto de la nueva colección “Fruits” de Roll’eat y conservar el ticket de compra original.

La participación en la Promoción se llevará a cabo únicamente a través de Internet, accediendo a la página web https://rolleat.com/es/concurso-fruits/  o su correspondiente aplicación móvil.

El Participante deberá registrarse en el sorteo cumplimentando un formulario con sus datos personales y el código promocional que obtendrá con la compra de cualquier producto de la nueva colección “Fruits” de Roll’eat. Cada Participante podrá redimir tantos códigos promocionales como disponga.

Es imprescindible que los Participantes aporten los datos personales necesarios y reales para acceder a la Promoción. Dichos datos serán utilizados para hacer llegar a dicho Participante toda comunicación que fuera necesario comunicar en relación con la Promoción, incluyendo –en su caso- la designación de dicho Participante como ganador. La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios motivarán la exclusión de dicho Participante de la Promoción.

Los Participantes deberán conservar tanto el código promocional como el ticket de compra del producto de la nueva colección “Fruits” a través del cual se ha obtenido el código promocional, ya que es condición indispensable disponer de ambos para poder acceder al premio, en caso de ser premiado en el sorteo. En caso contrario, el Participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.

Marcadiferencia declina cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet.

Marcadiferencia se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones de la presente acción promocional, incluso su posible anulación antes del plazo prefijado, siempre que concurra causa justificada o supuesto de fuerza mayor, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la acción promocional o la anulación definitiva.

SEXTA.- Estructura para realizar el sorteo

El día 18 de octubre de 2021 se realizará el sorteo. En esa fecha, Marcadiferencia extraerá un fichero informatizado para el sorteo en el que consten todos los Participantes. El sorteo se realizará a través de un programa informático, que de forma aleatoria elegirá al ganador y a los suplentes. Marcadiferencia garantiza el correcto funcionamiento de dicho programa, regido bajo el principio de independencia, toda vez que el mismo no se puede alterar manualmente, y los principios de transparencia y de igualdad.

A los indicados efectos, una herramienta electrónica elegirá al azar a 1 ganador y 2 suplentes. Marcadiferencia conservará los ficheros informatizados en los que consten todos los Participantes del sorteo hasta la expiración del plazo de reclamación, a fin de poder atender cualquier solicitud de verificación de la participación solicitada por dichos miembros, sin perjuicio de lo establecido en el artículo de protección de datos.

Marcadiferencia comunicará el premio al agraciado mediante los datos que haya facilitado para participar en la Promoción. El ganador deberá aceptar el premio que le corresponda en un plazo máximo de 2 días desde la comunicación del premio. En caso de no aceptar el premio o de que Marcadiferencia no localice al ganador, el premio pasará al primer suplente elegido al efecto, que igualmente tendrá un plazo de 2 días para aceptarlo; en caso de no aceptar el premio o de que Marcadiferencia no localice al primer suplente, el premio pasará al segundo suplente elegido al efecto, que igualmente tendrá un plazo de 2 días para aceptarlo, pudiendo quedar el premio desierto.

Una vez determinado el ganador, su nombre será publicado en las redes sociales y página web https://rolleat.com/es/concurso-fruits/.

SÉPTIMA.- Premio

El ganador de la Promoción recibirá porta-alimentos Roll’eat “para toda su vida”, con las siguientes limitaciones: (i) el valor anual del premio no podrá superar los 20 euros; y (ii) la naturaleza del premio tiene una duración de 25 años como máximo, a contar desde 2021.

Marcadiferencia no se responsabiliza por el uso del premio que el agraciado pueda realizar.

En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico, ni por otro premio distinto, ni éste podrá ser cedido a terceras personas a petición del ganador (ya sea mediante transmisiones inter vivos o mortis causa).

El premio objeto de la presente Promoción no se encuentra sujeto a retención ni a ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de acuerdo con el artículo 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, por ser su base de retención inferior a 301 euros.

Marcadiferencia se reserva el derecho de que el premio quede desierto, en el caso de que el Participante agraciado no cumpla los requisitos citados en estas Bases.

OCTAVA.- Difusión de la Promoción

La Promoción se difundirá en cartelería y materiales promocionales en los puntos de venta, en la web de Roll’eat, la página de Facebook y de Instagram de Roll’eat, y mediante el envío de newsletters. Marcadiferencia se reserva el derecho de utilizar otros medios de comunicación que pudieran inicialmente no estar previstos.

NOVENA.- Tratamiento de datos personales

Los Participantes consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Marcadiferencia estime más convenientes.

Los datos de carácter personal que faciliten los Participantes en esta Promoción a Marcadiferencia, como responsable del tratamiento, serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la Promoción.

A los Participantes se les informará, de forma clara, precisa, suficiente y detallada, en el momento de proceder a la recogida de sus datos personales a través del formulario de registro, acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de Marcadiferencia, de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los Participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos.

La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la Promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.

Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a Marcadiferencia, S.L., c/ Sicilia 268, 08013, Barcelona, España, o a través de nuestro correo electrónico hello@rolleat.com.

DÉCIMA.- Derechos de imagen

Dado el fin estrictamente publicitario del presente sorteo, el ganador deberá aceptar que su imagen, nombre y voz puedan ser utilizados a los efectos de informar sobre el resultado de dicho sorteo, así como de promocionar el producto publicitado y ulteriores eventos de similar naturaleza en los medios de comunicación que Marcadiferencia estime necesarios (incluyendo, a título de ejemplo, prensa, radio, televisión o Internet). Dicha cesión se realizará durante un plazo de tiempo de dos años y con ámbito territorial de España. El ganador deberá firmar un documento específico de cesión de los mencionados derechos antes de la recepción del premio, el cual se considerará justa compensación de la cesión efectuada.

DECIMOPRIMERA.- Causas de descalificación

Esta Promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la compra de la nueva colección “Fruits” de Roll’eat en los puntos de venta físicos, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la buena fe. Por ese motivo, Marcadiferencia excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier Participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En caso de que se detecten irregularidades con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Marcadiferencia se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.

DECIMOSEGUNDA.- Aceptación de las Bases

La aceptación de estas Bases es condición necesaria para poder participar en la Promoción.

Se informa a los Participantes que el simple hecho de participar en la Promoción implica la total aceptación de las presentes Bases, así como de las decisiones y criterio de la organización en cuanto la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.

Roll'eat